POLÍTICA
Qué Cambió Después de Maduro: El Nuevo Panorama Regulatorio de Venezuela para Empresas Estadounidenses
Esta publicación es solo con fines informativos y no constituye asesoramiento legal. El panorama de sanciones de Venezuela está cambiando rápidamente. Las empresas deben consultar a asesores legales calificados antes de tomar cualquier acción basada en la información a continuación.
El 3 de enero de 2026, fuerzas estadounidenses capturaron a Nicolás Maduro y lo trasladaron a Nueva York para enfrentar cargos de narcoterrorismo. Para las empresas que llevaban años observando Venezuela desde afuera, la noticia desencadenó preguntas inmediatas: ¿Venezuela está abierta ahora? ¿Podemos realizar transacciones? ¿Podemos pagar?
La respuesta corta es: todavía no del todo, pero el marco se está moviendo rápido y la ventana para los primeros en actuar se está abriendo.
Así luce realmente el panorama regulatorio a marzo de 2026.
Las Sanciones No Desaparecieron Cuando Maduro Lo Hizo
Lo más importante que cualquier oficial de cumplimiento o asesor general debe entender es esto: a pesar de la remoción de Maduro del poder, todas las sanciones sobre Venezuela siguen vigentes, incluyendo aquellas que prohíben transacciones y actividades que involucren al Gobierno de Venezuela (GoV), PdVSA, Minerven y el sector de petróleo y gas.
Al momento de escribir esto, el gobierno estadounidense ha dejado en el poder al resto de la cúpula de la administración de Maduro, incluidos varios Nacionales Especialmente Designados (SDN) con quienes las personas estadounidenses tienen prohibido tratar, salvo autorización de la OFAC.
Esto importa porque la tentación de moverse rápido es real y el riesgo de hacerlo sin la autorización adecuada es considerable. Creemos que las empresas deben saber que, en situaciones pasadas similares, el gobierno actuó contra personas que se adelantaron al alivio de sanciones apoyándose en declaraciones públicas que anticipaban, pero no llegaban a materializar, los cambios regulatorios necesarios. Las empresas no deben tratar las señales políticas como autorización legal.
El Alcance Amplio del "Gobierno de Venezuela"
Uno de los aspectos peor entendidos del programa de sanciones sobre Venezuela es la amplitud con que se define al Gobierno de Venezuela. Bajo la Orden Ejecutiva 13884, el GoV se define ampliamente para incluir agencias gubernamentales, el Banco Central de Venezuela, PdVSA, cualquier entidad que sea propiedad del gobierno o esté bajo su control, directa o indirectamente, y cualquier persona que actúe en nombre del gobierno.
Esto significa que las personas estadounidenses pueden estar en infracción incluso cuando realizan transacciones con una contraparte que no aparece en la Lista SDN de la OFAC, si esa contraparte tiene vínculos con el GoV. Aunque las restricciones de bloqueo técnicamente aplican a las personas estadounidenses, las personas no estadounidenses también quedan potencialmente expuestas a sanciones secundarias si se determina que asistieron materialmente o suministraron bienes o servicios a entidades designadas. Además, las transacciones que se compensan en dólares a través del sistema financiero estadounidense están sujetas a la jurisdicción de EE.UU., lo que expone a bancos y entidades no estadounidenses a riesgo de cumplimiento.
Lo Que la OFAC Ha Hecho Realmente Desde Enero de 2026
Desde la captura de Maduro, la OFAC se ha movido para flexibilizar selectivamente las restricciones, principalmente enfocada en el sector energético. El ritmo del cambio ha sido significativo.
El 29 de enero de 2026, la OFAC emitió la Licencia General 46, que autoriza ciertas transacciones relacionadas con la extracción, refinación y comercialización de petróleo de origen venezolano por parte de entidades estadounidenses establecidas. Fue la primera acción formal de la OFAC que flexibilizó el régimen general de sanciones sobre Venezuela después de la captura.
La LG 46 fue reemplazada y sustituida en su totalidad por la Licencia General 46A el 10 de febrero de 2026.
Durante la primera mitad de febrero de 2026, la OFAC emitió una serie adicional de nuevas licencias generales: la LG 47 el 3 de febrero, la LG 48 el 10 de febrero, y las LG 49 y LG 50 el 13 de febrero, que autorizan respectivamente la venta de diluyentes de origen estadounidense a Venezuela, el suministro de bienes y servicios para la exploración y el desarrollo de petróleo y gas, la negociación de contratos contingentes para inversiones en el sector de petróleo y gas de Venezuela, y de forma amplia todas las transacciones del sector de petróleo y gas para ciertas petroleras especificadas y sus filiales.
A comienzos de marzo de 2026, la OFAC emitió la Licencia General 51, que autoriza ciertas actividades relacionadas con el oro de origen venezolano.
El rumbo es claro. El ritmo es rápido. Pero cada licencia viene con requisitos de elegibilidad específicos, obligaciones de reporte y restricciones de pago que las empresas deben cumplir antes de apoyarse en ellas.
Las Restricciones de Pago Siguen Siendo Estrictas
Incluso bajo las nuevas licencias, cómo se pueden realizar los pagos sigue estrictamente controlado. Cualquier pago monetario a una persona sancionada debe depositarse en cuentas del Departamento del Tesoro de EE.UU. según se describe en la Orden Ejecutiva 14373, con la única excepción de los pagos de impuestos locales, permisos o tasas.
La LG 48 prohíbe expresamente los términos de pago que no sean comercialmente razonables, o que involucren canjes de deuda o pagos en oro.
Los Informes de Transacciones Ahora Son Obligatorios
Las nuevas licencias introducen obligaciones de reporte activas que no existían bajo marcos anteriores. Cualquier persona que exporte, reexporte, venda, revenda o suministre petróleo de origen venezolano a países distintos de EE.UU. al amparo de la LG 46A debe presentar un informe detallado dentro de los diez días posteriores a la primera transacción de ese tipo, y cada 90 días a partir de entonces.
Qué Significa Esto para las Empresas que Evalúan Venezuela
El cuadro regulatorio a marzo de 2026 es de una flexibilización selectiva y acelerada, con obligaciones de cumplimiento significativas todavía adheridas. Para las empresas que evalúan volver a entrar a Venezuela, la conclusión práctica es esta: la pregunta ya no es si es posible participar bajo ciertas condiciones. La pregunta es si su infraestructura de pagos, sus controles de cumplimiento y sus sistemas de reporte están listos para sostenerlo.
Preguntas Frecuentes
¿Siguen vigentes las sanciones sobre Venezuela después de que Maduro fue capturado?
Sí. La captura de Maduro el 3 de enero de 2026 no levantó ni suspendió ninguna sanción sobre Venezuela. Todas las sanciones sobre el Gobierno de Venezuela, PdVSA, Minerven y el sector de petróleo y gas permanecen en plena vigencia.¹
¿Qué es una Licencia General y necesito una para realizar transacciones con Venezuela?
Una Licencia General es una autorización permanente emitida por la OFAC que permite ciertas categorías de transacciones que de otro modo estarían prohibidas. Desde enero de 2026, la OFAC ha emitido la LG 46A, LG 47, LG 48, LG 49, LG 50A y LG 51, cada una cubriendo actividades específicas principalmente en los sectores de petróleo, gas y oro.²
¿Quién cuenta como "Gobierno de Venezuela" bajo las sanciones estadounidenses?
Bajo la Orden Ejecutiva 13884, el Gobierno de Venezuela incluye agencias gubernamentales, el Banco Central de Venezuela, PdVSA, cualquier entidad que sea propiedad del gobierno o esté bajo su control, directa o indirectamente, y cualquier persona que actúe en nombre del gobierno.³
¿Cómo hago un pago a una contraparte venezolana bajo las nuevas Licencias Generales?
Si su contraparte es una empresa venezolana privada sin vínculos con el Gobierno de Venezuela ni con PdVSA, los pagos generalmente pueden hacerse por canales comerciales normales, siempre que la transacción subyacente esté autorizada. Si su contraparte es una persona bloqueada, cualquier pago monetario debe depositarse en los Fondos de Depósito de Gobiernos Extranjeros establecidos bajo la Orden Ejecutiva 14373.⁴
¿Existen requisitos de reporte al realizar transacciones bajo las Licencias Generales?
Sí. Las empresas que se apoyan en la LG 46A, LG 47, LG 48 y LG 50A deben presentar informes detallados al Departamento de Estado y al Departamento de Energía de EE.UU. dentro de los diez días de la primera transacción y cada 90 días a partir de entonces.⁵
Fuentes
¹ Morgan Lewis, Compliance Landscape in Venezuela Following Nicolás Maduro's Removal from Power, 8 de enero de 2026.
² OFAC, Venezuela-Related Sanctions, actualizado en marzo de 2026.
³ Cleary Gottlieb, Navigating Venezuela Sanctions, 16 de enero de 2026.
⁴ Mayer Brown, OFAC Issues New General Licenses Expanding Permitted Activities in the Venezuelan Energy Sector, febrero de 2026.
⁵ Baker Botts, The E&P Playbook for Unlocking Venezuela, febrero de 2026.
⁶ West of England P&I, Venezuelan Sanctions: OFAC Issues Various New General Licenses, febrero de 2026.
⁷ OFAC, Frequently Asked Questions: Newly Added, 4 de marzo de 2026.
Esta publicación es solo con fines informativos. No constituye asesoramiento legal. El panorama de sanciones de Venezuela está sujeto a cambios rápidos. Las empresas deben consultar a asesores legales calificados antes de realizar cualquier transacción que involucre a Venezuela o a contrapartes venezolanas.